Personas Naturales pueden reclamar beneficios económicos a Mossack Fonseca
Es entonces, que Panamá Informa
quiso conocer la opinión legal del reconocido y destacado Jurista Panameño
Benito Mojica, de la firma de abogados Mojica & Mojica, sobre las personas
naturales que prestan sus nombres para hacer Sociedades Anónimas ó en su
defecto Sociedades Of Shore.
En primer lugar es delicado lo que está
pasando con este escándalo, puesto que resulta doloroso que por operaciones
meramente comerciales de una firma de abogados se haya empañado el nombre de la
República de Panamá, como si la República de Panamá fuera el destinatario de
todos los bienes que se fueran a generar con estas sociedades apunto Mojica.
Señala el Jurista, que dentro de estas
sociedades se incluyen a personas con sus nombres y cédulas que se hacen
miembros de las mismas y que tienen derecho de reclamar un porcentaje, pues
esto por año genera grandes ingresos millonarios. Recordemos que por ley este
tipo de negocios genera ingresos económicos para la firma que creó la sociedad
y de igual manera para todos los que participaron, (Abogados y Personas
Naturales).
De igual forma indico, que estas personas
que participan con su nombre y cédula, en incluso los abogados, están expuesto
a enfrentar cualquier acción legal en su contra si se demuestra que las
sociedades en que aparecen no cumplan con lo que la ley manda. También esta la
figura del engaño, esto quiere decir que las personas naturales y abogados,
fueron utilizados y por ende engañados y esto pudiera generar en la esfera
penal un delito contra el patrimonio.
Una Sociedad Anónima es una Persona
Jurídica, que se dedica a realizar en nombre de un grupo de personas tramites
de todas las índoles legales con una representación legal, requiere un Junta de
Directores o Accionistas y un Agente Residente, además, que sus libros y actas
estén al día e incluir el fin para lo que fue creada; Sociedades Off Shore, son
creadas para que funcionen fuera del país, la calificación de Off Shore la da
el Registro Público, desde que ellas entran son registradas para que operen en
el extranjero, la creación de estas sociedades no constituyen propiamente un
delito, es la prestación de un servicio, concluyo diciendo Mojica.
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