ASEP multa a EDEMET y obliga a otorgar crédito a clientes afectados
Más de 19 mil clientes de la empresa de
Distribución Eléctrica Metro Oeste, S.A. (EDEMET), en el distrito Arraiján,
recibieron un crédito en su facturación de energía eléctrica luego que la
Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) resolviera imponer una
multa a esta empresa por infringir las normas vigentes en materia de
electricidad en la República de Panamá.
La sanción impuesta, mediante Resolución AN
No.9602-CS de 4 de febrero de 2016, estableció que EDEMET infringió lo
establecido en el numeral 9 del artículo 142 de la ley 6 de febrero de 1997,
específicamente el numeral 3 del artículo 79 de la ley 6 de 3 de febrero de
1997, luego que se corroborara que la suspensión del suministro eléctrico
a los usuarios de los circuitos 19-2 y 19-3 de ese distrito, registrado los
días 13 y 14 de septiembre de 2013, fuera producto de un conato de incendio en
uno de los dos trasformadores instalados en dicha subestación.
El informe detalló que la falla técnica se
registró dentro de la caja metálica del LTC del transformador de la subestación
de Arraiján, en razón que dentro de la misma existían elementos defectuosos que
nunca fueron reparados y, que a través del tiempo (aproximadamente un año), se
fueron deteriorando, produciendo un arco eléctrico que elevó la temperatura,
ocasionando el incendio.
Las áreas afectadas en esa fecha por la
suspensión del suministro eléctrico fueron Nuevo Chorrillo, Vista Alegre, Nuevo
Emperador, Bique, Hato Montaña, Ciudad del Futuro, Chapala, Arraiján Cabecera,
Loma Mastranto y El Limón.
Según estadísticas de la ASEP, los clientes
afectados en ambos circuitos suman un total de 19 mil 266 (7 mil 533 en el
circuito 19-2 y 11 mil 733 en el circuito 19-3). El proceso sancionador contra
la empresa EDEMET inició en el año 2013.
De acuerdo con la resolución de la ASEP, la
multa contra EDEMET fue de 180 mil balboas, la cual fue acreditada durante el
mes de mayo a los clientes de los circuitos afectados. Cada cliente afectado
recibió un crédito aproximado de nueve balboas con 34 centavos (B/.9.34).
La resolución también estableció la
obligación para que EDEMET señalara o indicara en la facturación
correspondiente a los clientes afectados que el crédito reflejado se otorgaba
en razón de la multa impuesta por la ASEP.
El artículo 79 de la Ley No.6 de 3 de febrero
de 1997 establece como obligación de las empresas distribuidoras mantener las
redes de distribución en condiciones adecuadas de conservación e idoneidad
técnica, conforme a las disposiciones del respectivo contrato de concesión,
prestando el servicio de distribución de forma regular y continua, con los
niveles de calidad que se determinen.
La ASEP exhorta a los residentes de este
sector, y del resto del país, aquejados por problemas de apagones y/o
fluctuaciones de voltaje, presentar las denuncias pertinentes ante su
respectiva empresa prestataria del servicio de energía.
En caso que la empresa distribuidora emita un
fallo que considere injusto o contrario a lo que el cliente estima, tiene la
potestad de acudir a cualquiera de las 10 oficinas de la ASEP a nivel nacional
para presentar su inconformidad o apelación por el trámite respectivo. También
se recuerda que se encuentra habilitada la línea gratuita de orientación y atención
800-3333.
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